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Un juez de Gualeguaychú desoyó un informe del Servicio Penintenciario y liberó a Wagner en 2016

miércoles, 5 de abril de 2017

Sebastián Wagner fue investigado por haber golpeado, secuestrado y violado a dos chicas en 2010. Lo condenaron a nueve años de prisión pero actualmente estaba libre. Ahora se conoce un informe del Servicio Penitenciario de Entre Ríos que había desaconsejado que el sospechoso por la desaparición de Micaela García en Gualeguaychú fuese beneficiado con la libertad condicional.


“Este Consejo Correccional emite opinión desfavorable en relación a lo peticionado por el interno penado”, dijo en su conclusión el informe de la Unidad 9 de Gualeguaychú, conocida como “Granja Penal” o “Colonia El Potrero”, donde pasó sus últimos días detenido, y que es de escasa vigilancia y para internos en período de prueba.

“Visto lo dictaminado en el informe del Equipo Técnico Criminológico de esta Unidad, donde se emite opinión desfavorable y que el interno, más allá de respetar las normas establecidas en esta institución y de cumplir con laborterapia a través del espacio laboral brindado por el establecimiento, en el aspecto educativo y psicoterapéutico (?) no se ha incorporado a los espacios que brinda la Unidad Penal”, agrega el documento que lleva la firma del director de la Unidad 9, alcaide mayor Ricardo Iglesias; el jefe de la División Industrial, adjutor Sergio Quintana; el jefe de la División Tratamiento Correccional, adjutor principal Alfredo Carballo; y del jefe de la División Cuerpo Penitenciario, subalcaide Hugo Imas.

Pese a este informe, el juez de Ejecución de Penas y Medidas de Gualeguaychú, Carlos Alfredo Rossi, le otorgó a Wagner el beneficio de la libertad condicional el 5 de julio de 2016 para su condena que tenía fecha de agotamiento el 16 de julio de 2018.

En esa resolución, el magistrado le impuso algunas condiciones: como fijar domicilio en una vivienda ubicada en el barrio Holanda, casa 3, Manzana 39 A-1, de Gualeguay y “abstenerse de frecuentar lugares nocturnos, consumir alcohol y estupefacientes”. También le ordenó “desempeñar una actividad laboral o profesional de conformidad a su capacidad y/o conocimiento o bien capacitarse cursando los estudios pertinentes”.

Otra de las restricciones era la de “abstenerse de mantener contacto alguno con las víctimas de los hechos por los que cumple condena y, en caso de concurrencia ocasional en la vía pública, mantenerse a una distancia mayor a los cien metros”. Además, el juez le impuso “realizar tratamiento psicoterapéutico por su problemática de violencia sexual y adicciones, debiendo el servicio social de la Unidad penal 7 orientar a dicho interno sobre el lugar de realización y periodicidad del mismo”.