Un caso de maltrato psicológico contra un adulto mayor en Villaguay

Opinión, por Jorge Aníbal Colonessi
      Ni la huelga nacional de mujeres, ni las movilizaciones a nivel nacional reclamando justicia ante los casos de maltrato y violencia de género, ni tampoco la existencia a nivel local de un Centro de Contención para que las victimas de agresión gestionen la protección de la justicia: nada de eso sirve si quienes deben aplicar la ley dilatan los tiempos con tecnicismos y/o falta de ecuanimidad, cajoneando los expedientes y frenando las resoluciones que podrían significar una ayuda eficaz para las víctimas.

       Lo que se expresa a continuación trata de poner en evidencia algo que puedo probar y que sucede en mi pueblo, Villaguay, en estos días.

      Una madre anciana y desesperada, hastiada del maltrato, recurrió a la Justicia solicitando protección por ser víctima de violencia intrafamiliar. Esa mujer,  de 76 años, se ha visto obligada a compartir su casa de toda la vida con uno de sus hijos, por circunstancias ajenas a su propia voluntad. Esa casa donde crió a sus hijos y formó su familia, la que construyó junto a su compañero y esposo ya fallecido, trabajando durante largos años de esfuerzo y necesidades, hoy es un lugar de penas y sufrimientos. La razón es que ese hijo, en vez de cuidarla con el amor que merece una madre, poco a poco fue invadiéndola, intentando controlar su vida, aislándola de sus amigos vecinos y otros familiares, sometiéndola literalmente a un sistemático maltrato psicológico. 

      Por fin, días atrás, cansada de esa agresión solapada propia de los manipuladores, soportando la vergüenza y sobreponiéndose al miedo, a los prejuicios de su entorno familiar, a la incertidumbre y probablemente a la depresión, dominando con su frágil salud a todas esas adversidades, tomó coraje y se animó a hablar: decidió recurrir a la Justicia para pedir que la ayuden a recuperar sus derechos de mujer, su vivienda, su privacidad, su libre determinación. 

      El 3 de octubre se presentó en el Centro de Contención 'La Delfina' y concretó quizás la acción más dolorosa que debe existir para una madre: denunciar a su propio hijo por tan desgraciada situación. Grande fue su sorpresa al comprobar que en vez de obtener ayuda o algún tipo de “contención”, sólo consiguió que la institución le comunicara al maltratador del proceder de su progenitora. Esa situación no lo amilanó sino que obviamente lo potenció (primera falla o desvío del sistema). Evidentemente no existió la confidencialidad ni la inmediata protección para la víctima. 

      Luego de esto, nada. Pasaron dos, tres días de angustiosa espera sin resultados, sin que ningún asistente terapéutico o representante de la Justicia se acercara a la casa de la anciana a comprobar cómo estaba, a orientarla sobre cómo proceder, etc. Ante esa situación, ella decidió concurrir al Juzgado de la Familia y Penal de Menores, humillándose una vez más para pedir que la ayudaran.

      ¿Que obtuvo con esa nueva acción? Simplemente forzó una "entrevista" porque, según le dijeron, "había quedado un turno libre", y fue recibida por un equipo de mujeres profesionales ante quienes repitió su triste experiencia (igual que en 'La Delfina'), nerviosa y avergonzada.

      Luego nuevamente a su casa a esperar, a continuar compartiendo el techo con su agresor (segunda falla del sistema).

      Una semana más tarde, la anciana debió recurrir a un abogado en forma particular y, a través de él, se dirigió por escrito al Sr Juez.  Entonces sí, pagando por supuesto, logró que al fin sacaran su denuncia de un cajón y que luego de 10 días de angustiante espera se elaborara un “Informe Técnico”, con su correspondiente recomendación a las autoridades judiciales para continuar con el trámite.

      Parece que en Villaguay hay que pagar el arancel que establece la Ley 9005 de la Caja Forense de Entre Ríos para que se cumpla lo que establece la Ley 9198 de 'Prevención de Violencia Familiar'. El que no tiene recursos económicos que espere tranquilo y soporte estoico el maltrato. ¿Así funciona la Justicia para con una jubilada de 76 años, víctima de violencia psicológica en el ambiente familiar? (tercera gran falla del sistema).

      Simplemente invito a cualquier ciudadana/o de mi pueblo a leer los plazos determinados por el Art. 8 de la Ley 9198 y luego que saque sus propias conclusiones de lo que significa resguardar el bienestar psicofísico de la persona victima de maltrato, como medida prioritaria.

      Por último, parece que en mi Villaguay, cuando existen "acciones destinadas a degradar o controlar (a los viejos de la familia) por medio de la intimidación, la manipulación, la amenaza directa, la humillación, el aislamiento, etc.", no significa que se los esté sometiendo a violencia psicológica sino que, para algunos profesionales, implica simplemente "un conflicto familiar de larga data".

      ¿Será Justicia?

(Foto ilustrativa)


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