Fue un femicidio, pero en circunstancias que, para la Justicia, no demostraron la real intención de matar por parte del agresor. José Daniel Sejas fue condenado a 18 años de prisión por el brutal ataque contra su esposa, Sara Haidee Escobar.
Ambos vivían en Paraná, y la mujer acompañaba habitualmente a su marido en los viajes que realizaba en su trabajo como camionero. Aquella tarde del sábado 25 de julio de 2015, alrededor de las 14, transitaban a la altura del kilómetro 124 de la ruta provincial 4, a unos 15 kilómetros del ingreso a la localidad de San Cristóbal, en la provincia de Santa Fe. Llevaban madera en el vehículo de una empresa de Paraná.
Al principio, Sejas quiso hacer pasar la muerte de su esposa como una tragedia vial: dijo que la mujer perdió el equilibrio mientras tiraba yerba del mate y cayó del camión. Sin embargo, el testimonio no convenció a los policías y se dio intervención a la Justicia. Finalmente la Fiscalía pudo determinar que mientras Sejas manejaba (desde la provincia de Salta hacia Buenos Aires) golpeó a Sara reiteradamente con la intención de lesionarla. Las heridas constatadas fueron un traumatismo de cráneo grave, hemorragias internas, fractura de una vértebra, contusiones y escoriaciones, por lo que Escobar quedó inconsciente y cayó del camión a la banquina, sin poder ofrecer resistencia o defensa alguna.
La víctima murió en el hospital José María Cullen de la ciudad de Santa Fe, donde había sido derivada desde el SAMCo de San Cristóbal como consecuencia de las graves lesiones sufridas en la golpiza.
Sejas fue juzgado en lo que se trató del primero juicio oral y público que se desarrolló en la historia de San Cristóbal. El Tribunal lo condenó por el delito de homicidio preterintencional calificado por el vínculo. Es decir, por no haber tenido la intención directa de matar a Sara, pero como consecuencia de su accionar violento le causó la muerte. (Fuente: Uno Entre Ríos).
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