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Condenaron a camionero que causó una muerte en la ruta 20

martes, 21 de marzo de 2017


Fue condenado en juicio abreviado un camionero que causara la muerte de un vecino de Villa San Marcial en 2013. Se trató de Germán Alejandro Alez, de 41 años de edad, oriundo de Buenos Aires, pero radicado en la localidad de Santa Anita. 



El hecho que se le imputaba a Alez ocurrió alrededor de las 18 horas del 2 de diciembre de 2013, cuando Fernando Ezequiel Schaaf conducía la motocicleta marca Motomel 110 cc por la ruta provincial 20, hacia el sur, que al doblar a su izquierda para ingresar a la localidad de Villa San Marcial, departamento Uruguay, fue impactado sobre el lateral izquierdo zona delantera por el camión marca Mercedes Benz dominio KBN-392, con acoplado que era conducido por Germán Alejandro Alez, haciéndolo en forma imprudente y violando el deber objetivo de cuidado, toda vez que lo hacía a una velocidad de 61 km por hora, siendo la velocidad permitida para la intersección con el Acceso de Villa San Marcial de 40 km por hora, adelantándose al vehículo de menor porte sin tener la visibilidad suficiente ni respetar la distancia del vehículo que lo precedía y habiendo consumido alcohol, toda vez que al momento del siniestro poseía una concentración de 1.44 gramos por litro de etanol en sangre.

El impacto ocasionó la caída del nombrado Schaaf, quien sufrió un traumatismo cerrado de tórax y abdomen que le produjo fracturas costales bilaterales, estallido de hígado, ruptura de bazo y riñón izquierdo, fractura de fémur derecho y fractura de tibia y peroné izquierdos, hematoma retroperitoneal, siendo inmediatamente trasladado al Hospital “Sagrado Corazón de Jesús” de Basavilbaso, donde recibió atenciones médico quirúrgicas de urgencia, siendo luego derivado al Hospital “J.J. de Urquiza” donde se produjo su deceso.

Luego de diferentes dilataciones del caso generadas a partir de recursos interpuestos por la Defensa, la causa que llevó adelante el fiscal Fernando Martínez Uncal, llegó a su fin cuando la Defensa Técnica aceptó un acuerdo con la anuencia del imputado, por lo que se desarrolló el juicio abreviado, siendo finalmente condenado a la pena de dos años de prisión cuyo cumplimiento se dejó en suspenso y cinco años de inhabilitación especial para la conducción de vehículos de carga y/o transporte de personas (art. 26 del Código Penal), en orden al delito de  homicidio culposo (arts. 45 y 84 del C.Penal)l la cual comienza a cumplirse a partir de la fecha. (Fuente: 03442).